Intereses cláusula suelo y ayudas públicas en la declaración de la Renta

Intereses cláusula suelo y ayudas públicas en la declaración de la Renta Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

Tras la devolución de la cláusula suelo me abonan intereses ¿estoy obligado a declararlos? ¿Tributa en el IRPF la percepción de pequeñas ayudas públicas?

En la entrevista de hoy, nuestro compañero José Carlos Heredia nos resuelve a estas y otras cuestiones que pueden surgir sobre la declaración de los intereses de la cláusula suelo y las ayudas públicas en nuestra Renta.


¿Es obligatorio incluir en mi declaración de la Renta los intereses tras la devolución de la cláusula suelo?

No es obligatorio declarar los intereses indemnizatorios, así como tampoco los intereses previamente satisfechos por los contribuyentes como consecuencia de las cláusulas de limitación de los intereses.

Por otro lado, el pago en costas si es una ganancia patrimonial hay que tributarlo en Renta y puede variar dependiendo del importe. Hasta los 6000 euros se tributará un 19% del importe incrementándose a un 23% hasta un máximo de 44000 euros.

¿Tributa en el IRPF la percepción de pequeñas ayudas públicas?

Sí, el pasado año 2018 se incorporó el límite de 1.000€. Los contribuyentes están en la obligación de declarar por letras del tesoro, IRI, y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial, así como de las demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.

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