A partir del 2023, el impuesto al patrimonio volverá a estar vigente en España. Este impuesto grava el valor total de los bienes y derechos que una persona tiene en el momento de su fallecimiento o, en algunos casos, sobre las donaciones de bienes y derechos realizadas durante la vida del contribuyente. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el impuesto al patrimonio en España para el año 2023.
¿Quiénes son sujetos pasivos del impuesto al patrimonio?
En la nueva versión del impuesto al patrimonio que entra en vigor a partir del 2023, los sujetos pasivos son las personas físicas y sucesiones indivisas, así como las personas físicas no residentes en España que poseen patrimonio directa o indirectamente a través de establecimientos permanentes en el país. Cabe destacar que, según la ley, las personas jurídicas nacionales no están sujetas al Impuesto al Patrimonio.
¿Cuál es el hecho generador del impuesto al patrimonio?
A partir del 2023, el impuesto se generará cada 1 de enero sobre patrimonios líquidos iguales o superiores a 700.000 euros. Para calcular el valor del patrimonio líquido (patrimonio bruto menos las deudas), se deben seguir reglas específicas para cada uno de sus componentes. Es importante tener en cuenta que, a partir del 2023, el hecho generador del impuesto al patrimonio se determina el 1 de enero de cada año, lo que significa que un contribuyente puede tener intermitencia en diferentes años en la obligación de presentar la declaración correspondiente.
Aunque el impuesto al patrimonio no se aplicó en el 2022, su implementación a partir del 2023 representa un cambio significativo para los contribuyentes. Se recomienda a las personas físicas y sucesiones indivisas revisar su situación patrimonial y tener en cuenta este impuesto al planificar sus finanzas personales.
En resumen, es fundamental conocer los sujetos pasivos y el hecho generador del impuesto al patrimonio para cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. Si necesitas más información o asesoramiento en materia tributaria, no dudes en consultar a un profesional especializado.